La reforma electoral de Milei: votar una vez menos, competir mucho más caro
El proyecto no solamente propone eliminar las primarias nacionales: modifica las condiciones para crear partidos, conservar su personería, presentar candidaturas, financiar campañas, contratar publicidad y competir en las elecciones de 2027.

Ley vigente vs. proyecto
| Tema | Ley vigente | Proyecto modificatorio |
|---|---|---|
| PASO | Rigen por Ley 26.571; en 2025 fueron suspendidas sólo para ese proceso. | Las elimina definitivamente. |
| Partido nacional | Reconocimiento en 5 o más distritos. | Reconocimiento y mantenimiento en 10 distritos + 0,1 % del padrón nacional. |
| Afiliación distrital | 0,4 % del padrón; tope de cálculo sobre 1.000.000. | 0,5 %; tope sobre 2.000.000 y plazo de 180 días. |
| Caducidad electoral | No alcanzar 2 % del padrón en dos elecciones nacionales sucesivas. | No alcanzar 3 % en al menos una de dos elecciones sucesivas. |
| Financiamiento público | Fondo anual 20/80 y espacios audiovisuales gratuitos. | Piso de 1 % para el tramo proporcional y supresión de espacios gratuitos. |
| Financiamiento privado | Aportes de personas humanas y jurídicas, con topes y controles vigentes. | Nuevo tope modular del 35 %; reporte semanal, cuenta única, control UIF y gastos independientes regulados. |
“La tentación de modificar las reglas de juego para perpetuarse en el poder parece ser la ambición de todo gobernante. Pero olvidando que la historia pasa siempre factura: toda reforma electoral que beneficia al partido gobernante de turno, más temprano o más tarde, le termina jugando en contra.”
La reforma electoral impulsada por el Gobierno de Javier Milei suele presentarse como una discusión sobre las PASO. Esa mirada es incompleta. El proyecto no solamente propone eliminar las primarias nacionales: modifica las condiciones para crear partidos, conservar su personería, presentar candidaturas, financiar campañas, contratar publicidad y competir en las elecciones de 2027.
En términos simples: elimina una barrera electoral visible, pero levanta otras menos visibles.
El proyecto existe, pero todavía no es ley
La iniciativa ingresó al Senado el 22 de abril de 2026 como expediente PE-102/26-PL y fue girada únicamente a la Comisión de Asuntos Constitucionales. Tuvo un primer tratamiento el 13 de mayo y la comisión fue convocada nuevamente para el 15 de septiembre, como continuación de un cuarto intermedio.
En el temario también fueron incluidos proyectos vinculados con Ficha Limpia y modificaciones al régimen de las PASO: el S-521/26, de Enrique Martín Goerling Lara, Andrea Marcela Cristina y María Victoria Huala; el S-696/26, de Edith Terenzi; el S-692/26, de Mariana Juri y Rodolfo Suárez; y el S-2124/25, de Julieta Corroza.
Al 15 de septiembre de 2026, el expediente oficial no registra el ingreso de un dictamen ni tiene fecha de tratamiento en el recinto. Tampoco hay evidencia pública de una mayoría parlamentaria consolidada detrás de un texto definitivo.
Esta distinción importa. Una cosa es el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo y otra, muy diferente, las alternativas que comenzaron a circular durante la negociación: una nueva suspensión de las PASO solamente para 2027, su transformación en primarias optativas o la aprobación de una ley recortada.
Eliminar las PASO es apenas el comienzo
El núcleo político del proyecto es la derogación definitiva de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias. Cada partido o alianza debería resolver internamente sus candidaturas y presentar una sola lista por categoría en la elección general.
Esto evitaría el costo estatal de organizar una elección primaria nacional. Pero ese ahorro no elimina el conflicto por las candidaturas: lo traslada al interior de los partidos.
Las fuerzas con estructuras fuertes podrán organizar internas, encuestas o negociaciones territoriales. Las organizaciones con menos recursos deberán financiar sus propios mecanismos de selección o resolver sus listas mediante acuerdos de conducción. En algunos casos, la eliminación de las PASO puede fortalecer la autonomía partidaria. En otros, puede reforzar las decisiones de cúpula.
La reforma también modifica la Boleta Única de Papel. Establece una sola lista por agrupación y categoría, incorpora reglas de adhesión entre listas nacionales y distritales, dispone el sorteo del orden de las agrupaciones y fija una audiencia de aprobación de la boleta al menos 45 días antes de la elección.
Además, permite integrar categorías nacionales, provinciales y municipales en una misma boleta cuando las jurisdicciones adhieran y comuniquen la simultaneidad con 90 días de anticipación.
Partidos pequeños: menos primarias, más barreras
La reforma no prohíbe competir a los partidos pequeños. Hace algo más sutil: encarece su existencia.
La legislación vigente exige afiliaciones equivalentes al 0,4 % del padrón distrital, calculadas sobre un máximo de un millón de electores. El proyecto eleva ese requisito al 0,5 %, amplía el tope de cálculo a dos millones y establece un plazo de 180 días para reunir las afiliaciones.
Para obtener reconocimiento nacional, actualmente alcanza con tener presencia en cinco distritos. La reforma exigiría diez distritos y afiliaciones equivalentes al 0,1 % del padrón nacional.
También endurece las condiciones para conservar la personería. El piso electoral pasaría del 2 % al 3 % del padrón distrital. Para evitar la caducidad, el partido debería alcanzar ese porcentaje en al menos una de dos elecciones nacionales sucesivas.
A esto se suman los avales ciudadanos para presentar candidaturas mediante una plataforma de la Cámara Nacional Electoral. Incluso dentro de una alianza, cada partido integrante debería reunir sus propios avales.
Existe una ventaja concreta: al desaparecer las PASO, también desaparecería el piso del 1,5 % de votos válidos que actualmente debe superarse para acceder a la elección general. Una fuerza con personería podría competir directamente en octubre, siempre que reúna los avales y cumpla los demás requisitos para oficializar sus candidaturas.
Pero esa ventaja aparece al final del recorrido. Antes, el partido tendría que conseguir más afiliaciones, sostener presencia en diez distritos, reunir avales, conservar su personería y financiar la campaña. El problema no sería solamente obtener votos. Sería lograr sobrevivir jurídicamente hasta el día de la elección.
Financiamiento público y privado: el cambio más subestimado
El proyecto conserva el reparto anual del Fondo Partidario Permanente: 20 % de manera igualitaria y 80 % de acuerdo con los votos obtenidos en la última elección de diputados nacionales. Sin embargo, para acceder al tramo proporcional, cada fuerza debería haber obtenido una cantidad de sufragios equivalente, como mínimo, al 1 % del padrón electoral.
También permitiría que los partidos renuncien al aporte público anual y eliminaría la cesión estatal gratuita de espacios audiovisuales para las campañas.
Este último punto altera la competencia. La gratuidad de los espacios no garantiza la igualdad política, pero establece un piso mínimo de visibilidad. Si desaparece, los partidos con más recursos económicos, grandes donantes, cargos públicos, estructuras territoriales o candidatos previamente conocidos parten con una ventaja mayor.
En materia de financiamiento privado, el proyecto modifica los topes por aportante, exige reportes semanales, establece una cuenta bancaria única por distrito e incorpora controles vinculados con la Unidad de Información Financiera. También amplía las categorías de aportantes prohibidos, regula los aportes en especie y admite gastos independientes orientados a promover o desalentar el apoyo a una agrupación o candidatura, siempre que no exista coordinación previa.
Hay, por lo tanto, mayores controles formales, pero también una expansión del espacio para la publicidad privada. El proyecto habilita la propaganda paga en televisión, radio, medios gráficos, vía pública, internet y telefonía, incluso fuera de los 60 días que integran el período formal de campaña, aunque sometida a límites, controles y rendición de cuentas.
La pregunta central es incómoda: ¿quién ocupa el espacio que deja el Estado cuando retira la publicidad gratuita? La respuesta probable es quien pueda pagarlo.
Ficha Limpia, Parlasur y otros capítulos
La iniciativa declara inelegibles a las personas condenadas por un delito doloso cuando la sentencia haya sido confirmada en segunda instancia, de acuerdo con las condiciones temporales establecidas en el proyecto.
La amplitud de esta formulación convierte a Ficha Limpia en uno de los capítulos jurídicamente más sensibles de la reforma. Además, este capítulo convive con varios proyectos específicos que continúan su propio recorrido parlamentario.
La reforma también cambia el sistema de representación ante el Parlasur. Hasta que se establezca el denominado “Día del MERCOSUR Ciudadano”, sus integrantes dejarían de ser elegidos directamente y serían designados entre legisladores del Congreso Nacional. La Cámara de Diputados cubriría las vacantes respetando, proporcionalmente, la representación política existente en esa Cámara.
Los legisladores designados cumplirían ambas funciones durante el mismo período y no recibirían una remuneración adicional, aunque la Cámara de Diputados asumiría los viáticos relacionados con sus tareas en el Parlasur. Estas disposiciones entrarían en vigencia una vez finalizados los mandatos de los parlamentarios actuales.
Estos temas podrían reunir acuerdos parciales. Pero aprobar Ficha Limpia, fortalecer la afiliación digital o mejorar determinados controles no equivale a aprobar toda la reforma.
¿Qué puede ocurrir en 2027?
Si el proyecto fuera aprobado con tiempo suficiente, las fuerzas políticas ya no competirían en una PASO nacional y deberían cerrar sus candidaturas mediante sus propios procedimientos. La elección general está legalmente prevista para el 24 de octubre de 2027.
Si continuara vigente el régimen actual y las PASO no volvieran a suspenderse, las primarias deberían celebrarse el 8 de agosto de 2027. Si rigiera el plazo propuesto por el proyecto, la presentación de listas se proyectaría para el 25 de agosto, 60 días antes de la elección general.
Estas fechas surgen de la legislación vigente y del texto de la iniciativa. Todavía no constituyen un cronograma electoral oficial.
La Cámara Nacional Electoral reclamó que las reglas aplicables a las elecciones de 2027 sean definidas con suficiente anticipación. No existe un vencimiento legal al 31 de diciembre de 2026, pero sí una advertencia institucional: cuanto más se retrase la decisión, mayores serán las dificultades para reglamentar e implementar modificaciones complejas y garantizar previsibilidad a los partidos y a la ciudadanía.
La mayoría todavía no está
La legislación electoral exige la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara: 37 votos en el Senado y 129 en Diputados.
La Libertad Avanza cuenta con 21 senadores. Por lo tanto, necesita acuerdos con la UCR, el PRO y los bloques provinciales. Aunque algunos capítulos pueden alcanzar consensos parciales, no hay evidencia pública suficiente para afirmar que la eliminación definitiva de las PASO reúne actualmente los votos necesarios.
Por eso, una de las hipótesis posibles no es la aprobación completa del proyecto del Ejecutivo, sino el surgimiento de una ley recortada, una nueva suspensión por única vez para 2027 o un régimen de PASO no obligatorias.
Son escenarios posibles, no hechos consumados. Su concreción dependerá de las negociaciones parlamentarias y del texto que eventualmente consiga dictamen.
Lo que realmente está en discusión
La reforma puede reducir costos estatales y actualizar mecanismos de afiliación, control y rendición de cuentas. Pero también puede concentrar poder en las estructuras partidarias, elevar los requisitos para sostener organizaciones políticas y aumentar la importancia del financiamiento privado.
No se trata solamente de votar una vez menos.
Se trata de decidir quién podrá llegar a la elección general, cuánto le costará hacerlo y qué partidos tendrán recursos para ser escuchados. La democracia no se mide únicamente por la existencia de elecciones. También se mide por la diversidad real de quienes pueden competir en ellas.
Cuando las reglas se vuelven más exigentes para entrar, permanecer y comunicar, la reducción de partidos puede presentarse como ordenamiento. Pero también puede convertirse en concentración.
Esa es la discusión que debería darse antes de modificar el sistema electoral argentino. No solamente cuánto cuesta una elección, casi como única justificación de la reforma, sino cuánto pluralismo estamos dispuestos a perder para reducir ese costo.
Las reglas electorales nunca son neutrales. Distribuyen oportunidades, recursos y poder. Quien las modifica pensando solamente en la ventaja inmediata puede descubrir, demasiado tarde, que las mismas reglas creadas para beneficiar al oficialismo de hoy terminan favoreciendo a la oposición de mañana.
Artículo elaborado con información relevada hasta el 15 de septiembre de 2026. Fuentes principales: Senado de la Nación, Comisión de Asuntos Constitucionales, expediente PE-102/26-PL, Cámara Nacional Electoral, Constitución Nacional, Código Electoral Nacional y leyes 23.298, 26.215, 26.571, 27.120 y sus modificatorias.
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